Blog

MULTA POR NO PAGAR ONP EN PLAZO ESTABLECIDO.

En conclusión :

No pagar dentro de los plazos establecidos los tributos retenidos o percibidos, esto está estipulado en el Artículo 178, Numeral 4) del Código Tributario vigente; la sanción es el 50% del tributo retenido y no pagado.

Numeral 4 del Artículo 178 – CT
No pagar dentro de los plazos establecidos los tributos retenidos o percibidos

Entendemos ,que la empresa no paga en la fecha correspondiente de declaración los tributos que ha retenido o percibido.

Podemos mencionar : ONP, renta de cuarta categoría y renta de quinta categoría.

El ONP es un tributo que se origina de retener el 13% del sueldo a un trabajador, si la empresa le retiene dicho dinero a su trabajador, porque no lo paga en el plazo señalado.

Gracias por tu tiempo y por leer nuestro blog, no dudes en hacernos llegar tu consulta o aporte.

1.- CALCULO DE LA MULTA

Un trabajador con un sueldo de S/4,100.00 afecto al ONP y Renta de 5ta Categoria, la ONP (13%) a pagar seria de S/ 533.00 y Renta de 5ta S/ 199.00

La multa a pagar es el 50%. nos queda (S/ 533.00 x 50%) = S/ 266.50 y Renta de 5ta S/ 99.50

2.- COMPARAMOS CON EL 5% DE LA UIT.

la multa de ONP calculada es = S/ 266.50

la multa de Renta de 5ta C, calculada es = S/ 99.50

El 5% de la UIT es (4400×5%) = S/ 220.00

La multa de ONP seria: 266.50 (Por lo tanto S/ 266.50 es mayor a S/ 220.00).

La multa de Renta de 5ta C seria: 220.00 (Por lo tanto S/ 220.00 es mayor a S/ 99.00).

UIT (2021) = Referencia S/ 4400.00

3.- REGIMEN DE GRADUALIDAD

Nos acogemos al régimen de gradualidad y la Rebaja seria del 95% siempre que se subsane Voluntariamente (R.S. Nº 180-2012).

Calculando seria: (S/ 266.50.00 x 95%) = S/ 253.18

La multa rebajada seria: (S/ 266.50 – S/ 253.18 ) = S/ 13.00

Calculando seria: (S/ 220.00 x 95%) = S/ 209.00

La multa rebajada seria: (S/ 220.00– S/ 209.00 ) = S/ 11.00

4.- CALCULO DE INTERESES.

La tasa de interés moratorio establecido es del 0.04% diario o 1.2% Mensual. Una multiplicación simple para hallar el interés (Multa x tasa x tiempo transcurrido desde la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago.

Gracias por tu tiempo y por leer nuestro blog, no dudes en hacernos llegar tu consulta o aporte.

Related Posts

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *